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RECORTES EN AYUDA DE ACCIÓN SOCIAL CORRESPONDIENTE AL 2009

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Otro recorte económico que afectará a los empleados públicos de la CAC

 

La Ayuda de Acción Social correspondiente al ejercicio 2009 se verá recortada drásticamente en este año 2010, quedando reducida a la cuarta parte del ejercicio del año anterior.



La ayuda de acción social cubría hasta ahora entre otras prestaciones, las siguientes: ayudas para la adquisición de prótesis dentarias, oculares, auditivas y de fonación, vehículos de inválidos y aparato locomotor; ayudas por minusvalías en grado igual o superior al 33%; ayudas por gastos de familiares mayores de 70 años que convivan con el empleado público; ayudas por sepelio y ayudas por gastos de guardería de los hijos del empleado público de hasta los tres años.La señalada Ayuda en el ejercicio 2008, la última, fue de 20.495.841 euros, el equivalente al 1 % de la masa salarial. Este año se queda reducido a 5.350.000 euros, o lo que es lo mismo el 0´26 % de la masa salarial.

Esta reducción es parte de las medidas adoptadas por el Gobierno canario de reducir en gastos de personal y que quedó reflejado en la Ley de Presupestos de la CAC. La Ayuda citada contribuye hasta ahora en gastos médico farmaceúticos, de guardería y otros conceptos en beneficio de los empleados públiocs o de sus familiares. Es por tanto salario diferido, que se ve diezmado por la política antisocial de este Gobierno.

Animamos en todo caso al personal docente y al personal laboral que haya tenido que efectuar gastos en la línea de lo recogido en otras ocasiones, a recabar la documentación correspondiente al ejercicio de 2009 para cuando se efectúe la convocatoria , presentarlos.

En todo caso se debe cpnsultar la normativa que se publique en su momento.

-------

 Uno de los culpables de los recortes señalados

Publicamos las condiciones por las que se rigió la concesión de la Ayuda Social 2008.  Asimismo creemos que tiene utilidad para que todas aquellas personas que hayan hecho alguno de los gastos recogidos en la misma vayan preparando la documentación adecuada para la solicitud de las referidas ayudas del 2009 y que serán convocadas en los primeros meses de este año. Criterios uniformes para aplicar en las Ayudas de Acción Social. (Ejercicio 2008)

La convocatoria otros años se ha establecido para cubrir parte de los gastos que ocasiona al empleado público de la Comunidad Autónoma de Canarias (personal funcionario, estatutario, docente y laboral), la adquisición para él mismo de prótesis dentarias, oculares, auditivas y de fonación, vehículos de inválidos y aparato locomotor; ayudas para el empleado público, cónyuge e hijo/s con minusvalías en grado igual o superior al 33%; ayudas por gastos de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad, mayores de 70 años que convivan con el empleado público; ayudas por sepelio y ayudas por gastos de guardería de los hijos del empleado público de hasta los tres años.  

Es necesario la prescripción médica y facturas u otras documentaciones acreditativas del año al que se refiere la ayuda. (Leer en todo caso las condiciones de la convocatoria en cada caso.)

El año pasado se convocó el 13 de marzo.

------

Resumen del la Resolución sobre Ayuda Social 2006

(Este año se puede ver reducida por los recortes señalados)   

 Para colaborar en los gastos del empleado público en los casos siguientes:  

1.- Para sí, y en su caso, para su hijo/s y/o cónyuge, de prótesis dentarias, oculares, auditivas y de fonación, vehículos de inválidos y aparato locomotor;  

2.- Ayudas para  si, para su/s hijo/s y/o cónyuge con minusvalías en grado igual o superior al 33%;  

3.- Ayudas por gastos de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad, mayores de 70 años que convivan con el empleado público;  

4.- Ayudas por gastos de guardería de los hijos del empleado público de hasta los tres años; premio de permanencia  (34 años de servicios) y ayudas por sepelio 

Se referirán a los gastos producidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2006.  

A1) Ayuda médica y odontológica para el empleado público. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV.  Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad A1), la cantidad de 500 euros/anual.  

A2) Ayuda protésica para el empleado público. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad A2), la cantidad de 500 euros/anual.  

A3) Ayuda médica y odontológica para hijo/s y/o cónyuge del empleado público que conviva/n y dependa/n económicamente de él. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad A3), la cantidad de 500 euros/anual.  

A4) Ayuda protésica para hijo/s y/o cónyuge del empleado público que conviva/n y dependa/n económicamente de él. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad A4), la cantidad de 500 euros/anual.  

B1) Ayudas por gastos producidos por minusvalía igual o superior al 33%, del empleado público. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad B1), la cantidad de 2.000 euros.  

B2) Ayuda médica y odontológica, por minusvalía igual o superior al 33%, del empleado público. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad B2), la cantidad de 500 euros.  

B3) Ayuda protésica por minusvalía igual o superior al 33%, del empleado público. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad B3), la cantidad de 500 euros.  

B4) Ayudas por gastos producidos por minusvalía igual o superior al 33%, de hijo/s y/o cónyuge del empleado público, que convivan y dependan económicamente de él. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad B4), la cantidad de 2.000 euros.  

B5) Ayudas médicas y odontológicas por minusvalía igual o superior al 33%, de hijo/s y/o cónyuge del empleado público, que convivan y dependan económicamente de él. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad B5), la cantidad de 500 euros.  

B6) Ayudas protésicas por minusvalía igual o superior al 33%, de hijo/s y/o cónyuge del empleado público, que convivan y dependan económicamente de él. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad B6), la cantidad de 500 euros.  

C1) Ayudas para familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad, mayores de 70 años, que convivan con el empleado público. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad C1), la cantidad de 2.000 euros.  

D1) Ayuda por sepelio.  

Tiene por objeto colaborar con los gastos producidos por fallecimiento del empleado público, su cónyuge, y/o los hijo/s que convivan con él, así como ascendientes de primer grado de consanguinidad o afinidad que convivan y dependan económicamente de él, si en el momento del fallecimiento se encontraba el empleado público en alguna de las situaciones administrativas reguladas en la base tercera.1. La cuantía de esta modalidad es la que se detalla en el anexo IV.  

E1) Ayuda por gastos de guardería de hijos del empleado público de hasta tres años. Cuando el hijo hubiera cumplido los tres años antes del inicio del curso escolar 2006/2007, se puede ampliar el pago hasta el mes de agosto de 2006, siempre que justifique su asistencia a la guardería. La cuantía de esta modalidad es la que se detalla en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción de esta ayuda, la cantidad de 715 euros/anual por cada hijo con derecho a esta ayuda.  

F1) Premio de permanencia.  

Tiene por objeto premiar por una sola vez la permanencia del empleado público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y tendrán derecho al mismo los empleados públicos de la C.A .C. que tengan reconocida una antigüedad de treinta y cuatro años o más, y que se encuentren en alguna de las situaciones administrativas reguladas en la base tercera.1 de esta convocatoria.  

La cuantía de esta modalidad de Ayuda es la que se detalla en el anexo IV






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