Resumen del
la Resolución sobre Ayuda Social 2006
(Este año se puede ver reducida por los recortes señalados)
Para colaborar en los gastos del empleado público en los casos siguientes:
1.- Para sí, y en su caso, para su hijo/s y/o cónyuge, de prótesis dentarias, oculares, auditivas y de fonación, vehículos de inválidos y aparato locomotor;
2.- Ayudas para si, para su/s hijo/s y/o cónyuge con minusvalías en grado igual o superior al 33%;
3.- Ayudas por gastos de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad, mayores de 70 años que convivan con el empleado público;
4.- Ayudas por gastos de guardería de los hijos del empleado público de hasta los tres años; premio de permanencia (34 años de servicios) y ayudas por sepelio.
Se referirán a los gastos producidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2006.
A1) Ayuda médica y odontológica para el empleado público. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad A1), la cantidad de 500 euros/anual.
A2) Ayuda protésica para el empleado público. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad A2), la cantidad de 500 euros/anual.
A3) Ayuda médica y odontológica para hijo/s y/o cónyuge del empleado público que conviva/n y dependa/n económicamente de él. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad A3), la cantidad de 500 euros/anual.
A4) Ayuda protésica para hijo/s y/o cónyuge del empleado público que conviva/n y dependa/n económicamente de él. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad A4), la cantidad de 500 euros/anual.
B1) Ayudas por gastos producidos por minusvalía igual o superior al 33%, del empleado público. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad B1), la cantidad de 2.000 euros.
B2) Ayuda médica y odontológica, por minusvalía igual o superior al 33%, del empleado público. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad B2), la cantidad de 500 euros.
B3) Ayuda protésica por minusvalía igual o superior al 33%, del empleado público. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad B3), la cantidad de 500 euros.
B4) Ayudas por gastos producidos por minusvalía igual o superior al 33%, de hijo/s y/o cónyuge del empleado público, que convivan y dependan económicamente de él. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad B4), la cantidad de 2.000 euros.
B5) Ayudas médicas y odontológicas por minusvalía igual o superior al 33%, de hijo/s y/o cónyuge del empleado público, que convivan y dependan económicamente de él. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad B5), la cantidad de 500 euros.
B6) Ayudas protésicas por minusvalía igual o superior al 33%, de hijo/s y/o cónyuge del empleado público, que convivan y dependan económicamente de él. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad B6), la cantidad de 500 euros.
C1) Ayudas para familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad, mayores de 70 años, que convivan con el empleado público. Las submodalidades y cuantías de esta modalidad son las que se detallan en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción conjunta de las ayudas a que se refiere la modalidad C1), la cantidad de 2.000 euros.
D1) Ayuda por sepelio.
Tiene por objeto colaborar con los gastos producidos por fallecimiento del empleado público, su cónyuge, y/o los hijo/s que convivan con él, así como ascendientes de primer grado de consanguinidad o afinidad que convivan y dependan económicamente de él, si en el momento del fallecimiento se encontraba el empleado público en alguna de las situaciones administrativas reguladas en la base tercera.1. La cuantía de esta modalidad es la que se detalla en el anexo IV.
E1) Ayuda por gastos de guardería de hijos del empleado público de hasta tres años. Cuando el hijo hubiera cumplido los tres años antes del inicio del curso escolar 2006/2007, se puede ampliar el pago hasta el mes de agosto de 2006, siempre que justifique su asistencia a la guardería. La cuantía de esta modalidad es la que se detalla en el anexo IV. Operará como límite máximo para la percepción de esta ayuda, la cantidad de 715 euros/anual por cada hijo con derecho a esta ayuda.
F1) Premio de permanencia.
Tiene por objeto premiar por una sola vez la permanencia del empleado público de
la Administración Pública de
la Comunidad Autónoma de Canarias y tendrán derecho al mismo los empleados públicos de
la C.A .C. que tengan reconocida una antigüedad de treinta y cuatro años o más, y que se encuentren en alguna de las situaciones administrativas reguladas en la base tercera.1 de esta convocatoria.
La cuantía de esta modalidad de Ayuda es la que se detalla en el anexo IV